Politica para el transporte de pasajeros menores de edad

Para brindarte la mejor calidad en nuestros servicios, es importante que conozcas nuestras políticas, de igual forma te invitamos a hacer el correcto uso de nuestros servicios y vehículos.

Politica para el transporte de pasajeros menores de edad

 

  1. Ningún menor de edad entre los 0 y 14 años podrá viajar en los vehículos de Transporte intermunicipal de pasajeros vinculado a TRANSORIENTE., sin estar acompañado de una persona mayor de edad.
  2. Toda persona adulta que viaje con niños mayores de cuatro (04) años de edad deberá pagar un pasaje y el menor deberá ocupar un puesto.
  3. Los jóvenes menores de edad entre los 14 y 17 años podrán viajar solos en los vehículos de Transporte de Pasajeros vinculados a TRANSORIENTE con el requisito indispensable de que sus padres deben cumplir:
  • Diligenciar la autorización transporte de menores de edad instaurado por la empresa; FO-001- AUTORIZACIÓN TRANSPORTE MENORES DE EDAD, teniendo en cuenta lo siguiente ; “Por lo anterior con la suscripción del presente documento se hace responsable del menor durante su despacho, durante su recorrido y su recibo en el lugar de destino, eximo a TRANSPORTES ORIENTE ANTIOQUEÑO S.A. – TRANSORIENTE, de cualquier perjuicio o inconveniente que se presente al menor por su viaje, cuando el mismo sea originado por un hecho o fuerza mayor, causa extraña y el hecho de un tercero o por un hecho del propio menor “.
  • Adjuntar las fotocopias de su cédula y del documento de identificación del menor. Uno de los dos padres podrá autorizar el viaje del menor. De igual forma el menor puede presentar algún otro permiso que cuente con la autorización de sus padres para viajar solo y presentar la fotocopia de las cédulas de los mismos.

4. Los menores de edad entre los 15 y 17 podrán comprar su tiquete, únicamente si presentan el debido permiso por escrito de sus padres y fotocopias de sus cédulas.

5. El asesor de servicio de Transoriente deberá solicitar el documento de identidad para verificar la edad del menor que desea viajar.

6. Si el menor de edad insiste viajar solo sin compañía de sus padres o adulto acompañante, se informará de inmediato a la Policía de Infancia y Adolescencia o al cuadrante de la estación de policía de su jurisdicción. Adjuntar autorización transporte menores de edad